El Tribunal Supremo niega a la Asamblea Regional acceso a datos sobre posibles sobornos en el caso Koldo del AVE.
El juez Leopoldo Puente, encargado de la investigación del 'caso Koldo' en el Tribunal Supremo, ha decidido no proporcionar a la Asamblea de Murcia información sobre supuestos "cobros ilegales" por parte de una trama que estaría vinculada a la adjudicación de obras del AVE en la región. Esta decisión se produce en respuesta a la solicitud del Parlamento autonómico, que intenta acceder a datos clave en un asunto que se encuentra actualmente bajo investigación judicial.
Según un documento al que tuvo acceso la agencia Europa Press, la Asamblea de Murcia había remitido a Puente un acuerdo de su comisión de investigación, adoptado el 10 de noviembre, que busca esclarecer "posibles daños a la Región de Murcia a causa de irregularidades en la adjudicación de las obras de infraestructuras de alta velocidad".
El escrito, fechado el 19 de noviembre y firmado por su presidenta, Visitación Martínez, enfatizaba la necesidad de acceder a "documentación relevante" para el trabajo de la comisión en temas de interés público que caen dentro de las competencias de la comunidad autónoma.
Sin embargo, en una providencia emitida el lunes, el instructor respondió a la solicitud de la Asamblea, explicando que la información demandada forma parte de una pieza separada del 'caso Koldo' que investiga presuntos fraudes en la obra pública.
Puente aclaró que la normativa vigente establece que "las diligencias del sumario deben mantenerse reservadas", indicando que incluso si no hay un decreto de secreto, la información no se considera pública. Revelar tales datos de manera indebida podría acarrear consecuencias legales para el responsable.
El magistrado también subrayó que esta restricción tiene como objetivo proteger los derechos fundamentales de las partes implicadas, especialmente de aquellos que están siendo investigados en el caso en cuestión.
Además, recordó que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) puntualizó en 2023 que los jueces y magistrados no pueden divulgar hechos o circunstancias de los que tengan conocimiento en el ejercicio de sus funciones, ni de forma escrita ni de ninguna otra manera.
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