
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Murcia ha tomado una importante decisión respecto a la investigación del trágico incendio que tuvo lugar en las discotecas 'Teatre' y 'Fonda Milagros' el pasado 1 de octubre, resultando en la pérdida de 13 vidas. La magistrada instructora había decidido no abrir una pieza separada para indagar en un posible delito de prevaricación, y esta resolución ha sido reafirmada por el tribunal.
En documentos emitidos este viernes, se señala que la cuestión en discusión es principalmente procesal. Según el artículo 762.6ª de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la creación de piezas separadas para investigar delitos conexos solo se permite en determinadas circunstancias específicas, las cuales están claramente definidas en el artículo 17 de la misma norma, conforme a lo establecido por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJMU).
Además, la legislación fue modificada en 2015, lo que limitó considerablemente la posibilidad de considerar la conexidad delictiva, buscando así evitar la creación de macrocausas que sean complejas de gestionar. Este cambio normativo busca una tramitación más eficaz de los casos judiciales.
Tras un exhaustivo análisis de las normativas vigentes, la Audiencia Provincial concluyó que no existe una relación entre el presunto delito de homicidio por imprudencia grave, actualmente bajo investigación, y un hipotético delito de prevaricación administrativa. Esta conclusión se basa en que ninguna de las categorías de conexidad contempladas por la ley resulta aplicable a esta situación específica.
Las condiciones para establecer esta conexidad están claramente definidas en la legislación y abarcan delitos cometidos en conjunto por diversas personas, así como aquellos que se cometen para facilitar la comisión de otros delitos. Estos criterios son estrictos y acotados para asegurar el debido proceso.
El tribunal argumenta que no se puede razonablemente vincular un presunto homicidio por imprudencia grave con un supuesto delito de prevaricación, sin incurrir en interpretaciones desmesuradas que vulneran las normas y derechos fundamentales del proceso penal. Por lo tanto, la solicitud para abrir una pieza separada ha sido desestimada.
Finalmente, la Sala ha decidido confirmar la resolución del Juzgado de Instrucción número 3, rechazando los recursos de apelación presentados. Esta decisión es irreversible y no admite más recursos legales.
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