La Junta Electoral descarta sancionar a López Miras por acto previo a elecciones
La Junta Electoral de Murcia descarta sancionar a López Miras por acto previo a las elecciones, aclarando la legalidad del uso institucional antes del periodo electoral.
La Junta Electoral Provincial de Murcia ha concluido que la declaración institucional del presidente regional, Fernando López Miras, sobre el adelanto electoral del 29 de noviembre, no vulneró la ley. La resolución indica que la comparecencia y la publicación en la web oficial tuvieron lugar el 5 de octubre, antes de la convocatoria oficial publicada en el BOE.
El órgano electoral considera que el principio de neutralidad institucional, establecido en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, entra en vigor con la publicación del decreto de convocatoria. Por ello, no se aprecia infracción en el uso de la nota de prensa ni en la permanencia del contenido en la web institucional.
El PSOE argumentó que López Miras utilizó un acto institucional con fines partidistas, grabándose después del anuncio del adelanto electoral por parte del Gobierno central. La denuncia también solicitaba la retirada del vídeo de las redes sociales y una investigación sobre posible vulneración de la neutralidad.
Desde la Junta Electoral se afirma que los partidos políticos no están sometidos a las mismas obligaciones de neutralidad que los cargos públicos en ejercicio. La resolución deja claro que la actuación del presidente regional no constituye una infracción continuada ni requiere sanciones.
El caso refleja las tensiones políticas en Murcia ante los cambios en el calendario electoral y las interpretaciones legales sobre el uso de recursos institucionales en periodos preelectorales. La decisión evita un enfrentamiento que podría afectar la percepción de imparcialidad institucional en la región.
El escenario político en Murcia continúa siendo complejo, con el gobierno regional y los partidos en debate sobre los límites del uso de recursos públicos en campañas. La resolución de la Junta Electoral puede marcar precedente para futuras interpretaciones legales en la comunidad.